La medida adoptada rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (30 de abril de 2025).
La acreditación de la aptitud psicofísica se verificará mediante la correspondiente certificación expedida por la Dirección de Salud en el Trabajo dependiente de la Secretaría de Capital Humano.
La exigencia comprende cualquier situación de revista del docente ingresante -titular, interina y/o suplente- y con independencia de que su prestación sea continua o discontinua.
Por último, se establece que el incumplimiento a lo dispuesto en la referida resolución, ocasionará el cese inmediato en la prestación de servicios, producirá la baja automática -por inobservancia de los requisitos de ingreso-, e impedirá el acceso a otro cargo docente hasta tanto se cumplimente con el requisito mencionado.
Se puede acceder a la lectura íntegra del instrumento legal, ingresando a:
https://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2025/04/1_Secc_300425.pdf